
El decreto de Vidal acelera la salida de tres juezas y sacude la Corte
Buenos Aires, 22 agosto (NA) - La administración de Claudio Vidal quedó en el centro de una nueva disputa por el control del Tribunal Superior de Justicia de Santa Cruz después de que la Caja de Pr...
Buenos Aires, 22 agosto (NA) - La administración de Claudio Vidal quedó en el centro de una nueva disputa por el control del Tribunal Superior de Justicia de Santa Cruz después de que la Caja de Previsión Social otorgara la jubilación a tres vocales que enfrentaron la ampliación de la Corte impulsada por el gobernador.
La decisión activa un decreto firmado por el mandatario que fija plazos breves para dejar el cargo y podría devolver al Ejecutivo la posibilidad de proponer nuevos integrantes.
Según supo la Agencia Noticias Argentinas, los beneficios alcanzan a René Fernández, Alicia Mercau y Paula Ludueña y forman parte de un paquete de 27 jubilaciones aprobado por el Directorio de la Caja. Las magistradas habían iniciado sus trámites previsionales, pero la controversia se abrió por el efecto que el otorgamiento produce sobre la continuidad en sus funciones y no por el cumplimiento de los requisitos para acceder al beneficio.
El punto central es el Decreto 608/2024, firmado por Vidal. La norma establece que, una vez concedida una jubilación ordinaria, la entidad empleadora debe notificar a la Caja el cese del agente dentro de los 30 días. Sólo admite una prórroga, por hasta 180 días, cuando existan razones excepcionales de servicio expresadas en un acto administrativo fundado. Vencidos esos términos, el cese opera de pleno derecho.
Las salidas, por lo tanto, no son inmediatas. El Poder Judicial todavía debe completar el circuito administrativo y conserva la posibilidad de pedir la extensión prevista en el decreto. Pero si los tres retiros se hacen efectivos, el Tribunal pasará de nueve a seis integrantes y acumulará vacantes que deberán cubrirse mediante pliegos enviados por el gobernador y tratados por la Legislatura.
La secuencia tiene impacto político porque Fernández, Mercau y Ludueña integraban la composición anterior del máximo tribunal y cuestionaron la reforma que elevó de cinco a nueve el número de vocales. Esa ampliación fue establecida por la Ley 3949 y los cuatro nuevos miembros fueron propuestos por el Poder Ejecutivo. La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó habilitada la reforma al revocar una sentencia provincial por falta de legitimación de la parte que la había impugnado.
Horas antes de conocerse el avance previsional, una comisión legislativa había rechazado un pedido de juicio político contra las tres juezas y Fernando Basanta. El oficialismo no reunió los votos necesarios y el expediente quedó archivado. El otorgamiento de las jubilaciones abrió así una vía distinta para modificar nuevamente la integración del tribunal, esta vez bajo los plazos del decreto de Vidal.
El abogado de las magistradas calificó el procedimiento como una jubilación compulsiva, presentó una intimación administrativa y anticipó que podría acudir a la Justicia. También cuestionó que un decreto reglamentario reduzca los márgenes previstos por la ley previsional y sostuvo que la medida afecta la garantía de inamovilidad judicial. Esas objeciones constituyen la posición de la defensa y todavía no fueron confirmadas por una sentencia.
Un representante de los trabajadores activos en la Caja votó contra el otorgamiento y advirtió sobre una eventual judicialización. Sectores opositores, además, atribuyeron al gobernador la intención de formar una mayoría propia y construir un blindaje político. Esa finalidad tampoco está probada: se trata de una acusación partidaria que la gestión rechaza al afirmar que la reforma busca terminar con una estructura judicial heredada.
El decreto oficial no menciona a jueces en particular y se aplica a los agentes públicos comprendidos por el régimen previsional provincial. Su efecto concreto sobre el Tribunal aparece ahora porque las tres vocales recibieron el beneficio mientras mantienen sus cargos. La norma obliga al organismo empleador a resolver el cese o justificar formalmente una prórroga dentro de los plazos establecidos.
Las tres jubilaciones quedaron otorgadas, los ceses todavía no se habían efectivizado y el Tribunal Superior continuaba integrado por nueve vocales. El Decreto 608 mantiene vigentes un plazo de 30 días y una única extensión posible de hasta 180 días por razones excepcionales de servicio.
Agencia NA